Juana María Begino

 

La condición económica de la mujer

 

 


Pronunciado: Juana María Begino, "La La condición económica de la mujer", intervención en la sesión de la Sección Sociología del Primer Congreso Femenino Internacional, en Buenos Aires, el 20 de mayo de 1910.
Fuente: Primer Congreso Femenino Internacional de la República Argentina, Días 18, 19, 20, 21 y 23 de Mayo de 1910. Organizado por la Asociación "Universitarias Argentinas" — Historia, Actas y Trabajos. Buenos Aires: Imprenta A. Ceppi, 1911; págs. 210-214.
Transcripto por: Juan Fajardo, para marxists.org, junio 2023.


 

 

 

Admitida la premisa de que la independencia económica es la base de todas las independencias, la mujer no podrá considerarse enteramente libre mientras no haya logrado independizarse de la tutela masculina, por el esfuerzo de su labor moral é intelectual. Sabido es que, hoy por hoy, la mujer recurre al matrimonio como al seguro refugio que ha de preservarla de la miseria, pasando de este modo á ser del dominio absoluto de aquel que la mantiene, habiéndola comprado más antes en el mercado de la sociedad en que se comercia con todo; con todo, hasta con el amor, preciado don de la vida. Y si abogamos por la conquista de los derechos femeninos, nada más lógico que abogar en primera línea por la libertad económica, que ha de dar á la mujer su completa emancipación. Sabemos que se opondrán muchos obstáculos; pero sabemos también que la constancia ha de admitirlos. Contamos con adversarios temibles. Los hombres de las clases dirigentes, aquellos que no han vacilando ni vacilan en admitir á la mujer en todas las ramas de la industria, en las cuales pueda beneficiar sus intereses; pero que se oponen tenazmente á que la mujer invada el terreno de las más elevadas funciones intelectuales, 'sociales ó administrativas, porque entonces tiende á desaparecer su soberanía secular.... El Estado mismo, empeñado en sostener el actual orden de cosas, será siempre el primero en poner dique á la corriente libertadora de la independencia económica de la mujer. Mas así como el gigante pensamiento de un hombre iluminó la conciencia universal diciendo que «la emancipación de los trabajadores debía ser obra de los trabajadores mismos», así la emancipación de la mujer debe ser obra de la mujer misma. Cábele pues á ella la obligación de adquirir su independencia económica; que no va á encontrarla, sin duda alguna, en el mortífero recinto de la fábrica ; sino en las aulas de las universidades, en la cátedra, en la tribuna, en el gabinete de ciencia, en la medicina, en el derecho, en las letras, en las artes, en una palabra, en los diferentes ramos que el progreso en su obrade inacabable evolución le brinda como un tierno y amoroso compañero que comprende y adivina sus aspiraciones hacia otra vida mejor, más humana y más libre.

 

LA BENEFICENCIA Y LAS MUJERES:

Nada más ineficaz para los fines que dice perseguir. ¿Dónde están los bienes que reporta lo que se ha dado en llamar Caridad, y que yo llamo simplemente el cumplimiento de un deber, puesto que es deber el prestar ayuda á nuestros semejantes? ¿Por qué, pues, admitir como benéfica una institución que pide la devolución del préstamo que hace, y que de ninguna manera practica el bien por el bien mismo? Nadie ignora que las damas de tal ó cual sociedad de beneficencia, luego de haber recurrido á todas las maquinaciones de su ingenio para acumular en sus arcas el dinero ajeno por medio de las kermeses, rifas, bazares de caridad, bailes, fiestas de todas clases, se ostentan luego con el pomposo adjetivo de caritativas y generosas, cuando no han contribuido con el más mínimo centavo de su peculio. No obstante toda esta mentira convencional, las tales damas exigen á sus favorecidas (cuando las favorecen) la completa abdicación de todas sus creencias, el renunciamiento absoluto de todas aquellas ideas que no guarden correlación con las que profesan sus «caritativos» cerebros. Siendo todas fervorosas creyentes, obligan á las que han llegado á solicitar sus servicios, á que vayan á la iglesia y cumplan con todas las prácticas que ésta les impone. Si no son casadas (gravísima falta, por cierto), se empeñan tenazmente en que la unión sea santificada por un sacerdote, y quieren, en una palabra, someter á la pobre víctima á todas sus exigencias, haciendo de ella, no ya un ser libre, perfectamente dueño de su libertad, sino un autómata que se mueve y piensa á capricho y gusto de las damas de beneficencia. Un dramaturgo español, Jacinto Benavente, nos pinta admirablemente estos a.5untos en su obra «Los malhechores del bien». ¿Qué objeto tienen, pues, las sociedades de beneficencia? ¿Cuáles son sus fines? Si no trata de elevar la mentalidad femenina, trazándole derrotero de luces, haciéndole vislumbrar horizontes más amplios para que pueda extender el vuelo rápido de la imaginación, no tienen, pues, razón de existir. La beneficencia viene á ser extremadamente perniciosa para las mujeres que, desgraciadamente, caen bajo su influjo.

Yo pediría, pues, que se combatiera por todos los medios á las sociedades de beneficencia, hasta que desaparezcan por completo. En su lugar podrían surgir instituciones altamente benéficas: Asilos, Casas de Maternidad, Cooperativas industriales, Asociaciones de solidaridad femenina, etcétera, donde podrían disfrutar ampliamente de sus beneficios sin hacer la más mínima abdicación de ideas que hoy día la beneficencia les exije. Mas, como sería absurdo pensar que de golpe y porrazo pudieran desaparecer estas sociedades, que son una de las tantas ramificaciones del sistema capitalista actual, es necesario que se eduque antes á la mujer, sobre todo á la mujer proletaria, más expuesta que otras — dado sus desastrosas condiciones económicas— á ir á implorar los beneficios que dicen prodigan las sociedades de beneficencia. Debe hacérsele comprender por medio de una activa propaganda en pro de otras asociaciones femeninas, de que las damas de tal ó cual sociedad filantrópica, no realizan ninguna obra humana con ellas, puesto que al ampararlas en su infortunio, no han hecho más que cumplir con el deber de solidaridad que nos ha sido impuesto á todos en común por el progresivo desarrollo de la vida humana.

 

LAS OBRERAS CASADAS:

El empleo de la mujer casada en las diferentes ramas de la industria, es el que trae más tristes consecuencias para el bienestar general. Desde que su seno se siente fécundado, resta expuesta á sufrir trastornos gravísimos que en más de una ocasión ponen en peligro su vida y la de su hijo, operándose en ella abortos, partos laboriosos, por lo cual vienen al mundo niños faltos de desarrollo en las entrañas maternas, ó, en último caso, muertos. Si ha logrado dará luz, muy pronto deben correr á la fábrica para reconquistar su puesto, dejando de este modo al niño á merced de cuidados incompletos que redundan en perjuicios desastrosos, ocasionando casi siempre una mortalidad infantil abrumadora. Debe pues buscarse medios eficaces y especiales que beneficien á la obrera casada, disminuyendo así el porcentaje de infelices criaturas muertas en el momento mismo de nacer ó aniquiladas más tarde en el albor de la existencia, faltas de 'cuidados, de alimento, de caricias y de besos prodigados por los labios de su madre.... ¿De qué modo? se dirá. Esto no pasa de ser un tema muy tonto; pero en la práctica no lo vemos así.

Mas hay algo que nos sonríe muy cercano. Contamos con las ventajas que el Socialismo nos aporta; sólo á tan noble causa se debe el que la masa trabajadora en general disfrute de bienes que antes no pudo disfrutar. En nuestro suelo, la infeliz mujer y el débil niño eran explotados inicuamente por la avaricia de los capitalistas. Bastó tan sólo que en el Parlamento Argentino ocupara su asiento un diputado socialista para que una ley un tanto más humana fuera sancionada en beneficio de la mujer y del niño (aunque, desgraciadamente no se cumple con todo su rigor). ¿Cómo pues, dudar de que sea difícil llevar á la práctica lo que anhelamos como un bien para el adelanto y. elevación de los pueblos? Es, pues, indiscutible, los principios socialistas llevados á la práctica, convertidos en leyes, alejarán á la obrera casada de la lobreguez de la fábrica, para que permanezca en su hogar, arrullando el dulce sueño de sus hijos con cantos de infinito amor!

 

LA PROTECCIÓN A LA INFANCIA:

Protejer á la infancia es protejer á los pueblos. ¿No son, acaso, los niños de hoy los futuros ciudadanos de mañana? «Todo niño, varón ó hembra — dice Bebel, — es para la sociedad un crecimiento dichoso y deseable, porque en él ve su propia perpetuación, su propio desarrollo ulterior, y reconoce, por consecuencia, y desde el primer momento, que debe intervenir eficazmente en favor de la infancia». Siendo esto así, ¿cómo no apresurarnos á poner término al infortunio del niño, si vemos en el la continuación de nuestra vida inteligente y humana, que se inicia ahora como la aurora de una nueva civilización? Arranquemos, pues, al niño del interior malsano de la fábrica, arranquemos al niño de los sitios helados y lóbregos donde se adormece sin abrigo, falto de recursos, sin hogar, descuidado como cosa inútil; arranquemos al niño de la promiscuidad del conventillo, de las agencias de lotería y de la ventade diarios, donde en completa libertad hace su aprendizaje de pilluelo del arroyo; en una palabra, arranquemos al niño de la escuela del vicio y habremos logrado dar un gran paso en el terreno de la civilización, en el cual nos internamos día á día. Y esto puede hacerse; interesando al gobierno de los pueblos para las creaciones de leyes especiales que protejan á la infancia. En lugar de cárceles ó casas correccionales de menores, podrían hacerse escuela, salas de recreo, jardines de infantes, etc., para ir educando la niñez poco á poco en armonía con la naturaleza y preparándola, no paraque vaya á ocupar más tarde las celdas sombrías de una cárcel ni á caer bajo el poder ominoso de un pervertido sectarismo, sino para que vaya á reclamar su puesto en la falange libertadora de los humanos seres, decididos en atraerla verdadera grandeza sobre el universo entero; único asilo en el que pueden cotizarse las ventajas todas de la vida.

 

LEYES DE PROTECCCION AL TRABAJO DE LASMUJERES Y LOS NIÑOS:

(Aplicación análoga en todos los países, de la «Ley Palacios»» (5291), sancionada y aplicada desde el 14 de Abril de 1908), para la capital de la República. Su sanción inmediata para las demás provincias de la República.